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Información legal para alojamientos y viajeros

Base legal del registro de viajeros y del check-in en alojamientos turísticos

En España, los alojamientos turísticos, hoteles, apartamentos, casas rurales, campings y otros establecimientos de hospedaje están obligados a recoger determinados datos de las personas viajeras, registrar esa información y comunicarla a las autoridades competentes a través de los sistemas habilitados oficialmente.

Importante: esta obligación no nace de InfoCheckin. InfoCheckin es una herramienta que ayuda a los alojamientos a cumplir de forma más sencilla, ordenada y segura con las obligaciones legales de registro de viajeros.
Normativa SES.Hospedajes Partes de entrada Datos necesarios Plazos Protección de datos Viajeros Alojamientos Enlaces oficiales

La normativa no obliga específicamente a que el viajero haga un “check-in online”, pero sí obliga al alojamiento a recoger, registrar y comunicar determinados datos antes o al inicio de la estancia. Por ese motivo, el viajero debe facilitar los datos necesarios para poder completar correctamente su registro de entrada.

1. Normativa principal aplicable

La obligación de registrar los datos de los viajeros se basa principalmente en la siguiente normativa:

Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

Esta ley establece obligaciones de registro documental e información para determinadas actividades relevantes para la seguridad ciudadana, entre ellas las actividades de hospedaje.

Ver texto oficial en el BOE

Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre

Este Real Decreto regula las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

Es la norma principal que actualmente regula qué información deben recoger y comunicar los alojamientos.

Ver texto oficial en el BOE

Normativa básica reguladora publicada por el Ministerio del Interior

El Ministerio del Interior recoge en su web oficial la normativa aplicable a hospedajes y alquiler de vehículos, incluyendo la Ley Orgánica 4/2015 y el Real Decreto 933/2021.

Ver normativa en el Ministerio del Interior

2. Plataforma SES.HOSPEDAJES

El Ministerio del Interior ha habilitado la plataforma SES.HOSPEDAJES para que las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje puedan comunicar la información exigida por la normativa.

A través de esta plataforma se envían los datos relativos a reservas, contratos, partes de entrada y viajeros, conforme al Real Decreto 933/2021.

Información oficial del Ministerio del Interior Trámites de Hospedajes

3. Partes de entrada y registro documental

Los alojamientos deben recoger los datos de las personas que se hospedan, llevar un registro documental y comunicar la información correspondiente a las autoridades competentes.

Los partes de entrada deben ser firmados por toda persona mayor de 14 años que haga uso del servicio de hospedaje.

En el caso de menores de 14 años, sus datos deben ser facilitados por la persona mayor de edad que les acompañe.

Ver información oficial sobre partes de entrada

4. Datos que pueden ser necesarios para el registro de viajeros

El Anexo I del Real Decreto 933/2021 recoge los datos que deben constar en el registro y que pueden ser necesarios para la actividad de hospedaje.

Datos de los viajeros

  • Nombre.
  • Primer apellido.
  • Segundo apellido, si existe.
  • Sexo.
  • Número de documento de identidad.
  • Número de soporte del documento, cuando proceda.
  • Tipo de documento: DNI, pasaporte o TIE.
  • Nacionalidad.
  • Fecha de nacimiento.
  • Dirección habitual.
  • Localidad de residencia habitual.
  • País de residencia habitual.
  • Teléfono fijo, si procede.
  • Teléfono móvil, si procede.
  • Correo electrónico, si procede.
  • Número de viajeros.
  • Relación de parentesco entre viajeros, cuando alguno sea menor de edad.

Datos de reserva, estancia o pago

  • Número de referencia de la reserva o contrato.
  • Fecha de la reserva o contrato.
  • Fecha y hora de entrada.
  • Fecha y hora de salida.
  • Dirección completa del alojamiento.
  • Número de habitaciones o unidades reservadas.
  • Conexión a Internet, si procede.
  • Tipo de pago.
  • Identificación del medio de pago, cuando corresponda.
  • Titular del medio de pago, cuando corresponda.
  • Fecha del pago.
  • Caducidad de la tarjeta, cuando corresponda.
Ver Real Decreto 933/2021 y Anexo I

5. Plazo para comunicar los datos

La comunicación de los datos debe realizarse de forma inmediata y, en todo caso, dentro del plazo máximo previsto por la normativa.

El Real Decreto 933/2021 establece la obligación de comunicar determinada información en relación con la reserva, formalización del contrato, anulación o inicio efectivo del servicio de hospedaje.

Ver Real Decreto 933/2021

6. Conservación de los datos

Los sujetos obligados deben llevar un registro informático en el que consten los datos exigidos por la normativa.

La normativa establece la obligación de conservar los datos durante el periodo legalmente previsto desde la finalización del servicio o estancia.

Ver información oficial del Ministerio del Interior

7. Protección de datos y copia del DNI o pasaporte

La Agencia Española de Protección de Datos ha indicado que no está permitido solicitar ni conservar una copia completa del DNI o pasaporte de las personas alojadas, ya que estos documentos contienen más información de la necesaria para cumplir con la normativa de registro de viajeros.

La recogida de datos debe limitarse a la información necesaria para cumplir la obligación legal.

Por este motivo, InfoCheckin debe orientarse a recoger los datos necesarios para el registro, evitando tratamientos excesivos de datos personales y evitando conservar copias completas de documentos de identidad.

Nota de prensa oficial de la AEPD Nota informativa de la AEPD

8. Finalidad del tratamiento de los datos

Los datos recogidos durante el proceso de check-in se utilizan para cumplir las obligaciones legales de registro documental y comunicación de viajeros establecidas por la normativa española.

La comunicación de estos datos se realiza a las autoridades competentes a través de los medios habilitados oficialmente, especialmente la plataforma SES.HOSPEDAJES del Ministerio del Interior.

InfoCheckin facilita este proceso, pero la responsabilidad del cumplimiento legal corresponde al alojamiento o titular de la actividad de hospedaje.

9. Información importante para viajeros

  • El alojamiento está obligado legalmente a recoger determinados datos de los viajeros.
  • El viajero debe facilitar los datos necesarios para poder completar el registro de entrada.
  • Las personas mayores de 14 años deben firmar el parte de entrada.
  • Los datos deben ser correctos y coincidir con la documentación de identidad correspondiente.
  • No debe solicitarse ni conservarse una copia completa del DNI o pasaporte salvo que exista una base legal específica que lo justifique.
  • La información se utiliza para cumplir obligaciones legales de registro y comunicación ante las autoridades competentes.

10. Información importante para alojamientos

  • Los alojamientos deben recoger los datos exigidos por la normativa.
  • Deben conservar el registro documental durante el plazo legalmente establecido.
  • Deben comunicar la información a través de los sistemas habilitados por el Ministerio del Interior.
  • Deben aplicar criterios de protección de datos, minimización y seguridad.
  • No deben recoger más información de la necesaria.
  • No deben conservar copias completas de documentos de identidad si no existe una base legal que lo justifique.
  • Deben informar adecuadamente a los viajeros sobre el tratamiento de sus datos personales.

11. Enlaces oficiales de consulta

Ministerio del Interior — Hospedajes y Alquiler de Vehículos https://www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/hospedajes-y-alquiler-de-vehiculos/ Ministerio del Interior — Normativa básica reguladora https://www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/hospedajes-y-alquiler-de-vehiculos/normativa-basica-reguladora/ Ministerio del Interior — Partes de entrada y obligaciones de registro documental https://www.interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/hospedajes-y-alquiler-de-vehiculos/partes-de-entrada-y-obligaciones-de-registro-documental/ Sede Electrónica del Ministerio del Interior — Trámites de Hospedajes https://sede.interior.gob.es/portal/sede/tramites?codAgrupacion=Hospedajes BOE — Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3442 BOE — Real Decreto 933/2021 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-17461 AEPD — No está permitido solicitar copia del DNI o pasaporte en hospedajes https://www.aepd.es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/aepd-informa-de-que-no-esta-permitido-solicitar-copia-dni-o-pasaporte-en-hospedajes AEPD — Nota informativa sobre registro de hospedajes https://www.aepd.es/guias/nota-aepd-registro-hospedajes.pdf

12. Aviso informativo

Esta página tiene carácter meramente informativo.

La información aquí recogida resume las principales obligaciones legales relacionadas con el registro de viajeros y la comunicación de datos en actividades de hospedaje en España.

Para resolver dudas jurídicas concretas o casos particulares, se recomienda consultar directamente las fuentes oficiales indicadas o acudir a una asesoría especializada.

Última revisión de esta página: 17/06/2026.